Nuevas ayudas para inversiones en explotaciones agrícolas

Hoy os traemos toda la información relacionada con las nuevas ayudas a las inversiones en explotaciones agrícolas y ganaderas publicadas por parte de la Dirección General de Desarrollo Rural. Estas ayudas tienen por objetivo el incentivar la modernización de las explotaciones, orientando su actividad hacia una agricultura más eficiente, profesionalizada y ligada al territorio, mejorando su competitividad siendo más eficientes y sostenibles. 

Personas beneficiarias

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas agricultoras activas que cumplan con los requisitos:

  • Personas físicas con cualificación o formación suficiente
  • Titulares de una explotación de titularidad compartida
  • Personas jurídicas titulares de una explotación agraria prioritaria o que alcancen esta condición después de ejecutar el plan de inversiones

Requisitos y condiciones de admisibilidad

→ Condiciones de admisibilidad de la persona beneficiaria

En el caso de personas físicas:

  • Ser mayor de edad y persona agricultor activo
  • Estar afiliado al Régimen de la Seguridad Social
  • Poseer la capacitación profesional suficiente, es decir, aquellas que acrediten el ejercicio de la actividad agraria durante al menos 5 años, o aquellos que se comprometan a adquirirla en el plazo de 36 meses a través de formación

En el caso de personas jurídicas:

  • Ser explotación agraria prioritaria o alcanzar esta condición con las inversiones
  • Que una de sus actividades principales sea la agraria
  • Que al menos el 50% de los socios sean agricultores profesionales
En el caso de explotaciones de titularidad compartida:
Se deberá disponer de la condición de explotación prioritaria o alcanzar esta condición con las inversiones.
 
→ Condiciones de admisibilidad de la explotación agraria
 
La renta unitaria del trabajo de la explotación deberá situarse entre los 10.000€ y los 35.000€ en el momento de presentar la solicitud, salvo para las explotaciones de titularidad compartida, que no se exigirá un límite de capacidad económica.

Cuantía de la ayuda

Se establece un volumen máximo de 100.000 € por UTA, con un máximo de 200.000 € por explotación si el titular es una persona física, y 400.000 € en el caso de una persona jurídica o de titularidad compartida. La ayuda consta de un porcentaje básico del 40% de la inversión financiable, que se podrá incrementar:
  • En un 5% en inversiones en tecnología innovadora
  • Un 2% con un máximo del 10% por cada 5 puntos de ahorro efectivo de agua
  • Un 2% con un máximo del 10% por cada 5 puntos de ahorro de energía convencional o sustituidos por energía solar o eólica
El porcentaje básico mas estos incrementos, no superará el 50% de la inversión. Aunque, por otro lado, si la persona beneficiaria es una persona joven o una sociedad en la que se integra una persona joven, podrá obtener un porcentaje adicional de ayuda del 20% de la inversión.
Además, la inversión máxima financiable en materia de regadío, no superará:
  • Las 10 primeras hectáreas: 6.000€/ha
  • Entre 10 y 20 hectáreas: 5.250€/ha
  • Entre 20 y 30 hectáreas: 4.500€/ha
  • Exceso de 30 hectáreas: 3.000€/ha

¿Qué es una UTA?

Una Unidad de Trabajo Agrario equivale al trabajo efectuado por una persona dedicada a tiempo completo durante un año a la actividad agraria. En el caso del pistacho, corresponde a:
  • Pistacho regadío: 0,09 UTA/ha
  • Pistacho secano: 0,052 UTA/ha

¿Qué es una explotación agraria prioritaria?

Una explotación agraria se considera prioritaria cuando:
  •  Ocupe al menos una UTA
  • Obtenga una renta unitaria de trabajo de entre el 35% y el 120% de la renta de referencia
  • El titular sea agricultor profesional, esté dado de alta en el régimen agrario y viva en la comarca de la explotación

Actuaciones y gastos subvencionables

Las inversiones cuyos gastos pueden ser subvencionables, son:

  • Naves, apriscos y establos
  • Almacenes de productos aprovechando energía solar y eólica
  • Nuevos regadíos en sistemas de riego por goteo o aspersión
  • Plantaciones o reconversión de las existentes
  • Instalaciones de energías renovables
  • Maquinaria de laboreo, siembra, tratamientos, recolección y transporte
  • Modernización de regadíos
  • Incorporación de nuevas tecnologías en los procesos de automatización de la explotación

Por otro lado, serán subvencionables los siguientes gastos:

  • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles
  • Compra de nueva maquinaria y equipos
  • Hasta un 10% de los costes generales vinculados a los dos gastos anteriores
  • Adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes
  • Adquisición de material vegetal que proceda de viveros autorizados

Otras consideraciones

Sólo serán admisibles aquellos gastos acordes con los precios de mercado, por lo que se deberá presentar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, teniendo en cuenta que:

  • Las ofertas deben ser de proveedores independientes entre sí
  • Los elementos de las ofertas deben ser perfectamente comparables
  • La descripción de las ofertas debe ser clara y detallada

La persona solicitante elegirá una de las ofertas, debiendo justificar su elección cuando no sea la propuesta económica más ventajosa. En el caso de no justificarse, se considerará el importe máximo subvencionable el que corresponda a la propuesta económica más ventajosa.

Por otro lado, en el caso de que un coste unitario figure en el Anexo 2 de la convocatoria, no será necesario presentar dichas ofertas.

→ Se deberá presentar un Plan de Inversiones con una inversión que supere los 9.000€.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 17 de septiembre de 2021.

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3 comentarios en “Nuevas ayudas para inversiones en explotaciones agrícolas”

    1. ¡Buenos días, Francisco!
      Estas que publicamos son de Castilla-La Mancha, pero ponte en contacto con la OCA más cercana y podrán especificarte si hay posibilidades en Andalucía.
      Muchas gracias.

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